ACTUALIZACIONES AL ANTEPROYECTO DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2021

11/8/2021

Agosto 6, 2021
PRINCIPALES PUBLICACIONES EN LA PÁGINA DEL SAT

Con fechas 26 de julio y 6 de agosto se publicaron en la página del SAT dos actualizaciones al Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, que aún está pendiente de publicarse en el DOF. 

Los cambios se refieren únicamente a lo siguiente:

DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL

REGLA 13.5. Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida

Se adiciona esta regla para disponer para los efectos del artículo 42, primer párrafo, de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, la regla 2.8.4.1., y el Octavo Transitorio de la RMF, los asignatarios a que se refiere el citado artículo podrán realizar el pago provisional del derecho por la utilidad compartida, correspondiente a los meses que se indican, hasta en dos parcialidades, conforme a lo siguiente:

I. El relativo al mes de mayo de 2021:

a)   La primera parcialidad deberá corresponder, al menos, al 30% del derecho que deba cubrirse y enterarse a más tardar el lunes 28 de junio de 2021.

b)   La segunda parcialidad corresponderá al monto restante después del entero realizado conforme al inciso anterior, el cual deberá enterarse a más tardar el 9 de julio de 2021.

II. El relativo al mes de junio de 2021:

a)   La primera parcialidad deberá corresponder, al menos, al 10% del derecho que deba cubrirse y enterarse a más tardar el lunes 26 de julio de 2021.

b)   La segunda parcialidad corresponderá al monto restante después del entero realizado conforme al inciso anterior, el cual deberá enterarse a más tardar el 31 de agosto de 2021.

En caso de incumplir con el entero de los montos previstos en las fracciones anteriores, en los plazos señalados en las mismas, los asignatarios no podrán aplicar al beneficio previsto en la presente regla y la autoridad fiscal requerirá el pago total del adeudo

Segundo Resolutivo

Se modifican los Anexos 1, 1-A y 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y el Anexo 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, la modificación a este último será aplicable a partir del 14 de julio de 2021 (Artículo Primero Transitorio)