AVISOS DE INSCRIPCIÓN Y RENOVACIÓN PARA APLICAR LOS ESTÍMULOS REGIÓN FRONTERIZA NORTE
12/1/2022
Les presentamos los siguientes puntos a considerar respecto a la aplicación de los estímulos del Decreto Región Fronteriza Norte por el ejercicio fiscal 2022:
Para efectos del estímulo de ISR:
- Los contribuyentes que pretendan aplicar el estímulo de ISR por primera vez, deberán presentar aviso ante el SAT a más tardar el 31 de marzo de 2022, para ser inscritos en el “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte” (Artículo Séptimo del Decreto).
- Los contribuyentes que después de la entrada en vigor del Decreto se inscriban en el RFC y constituyan su domicilio fiscal en la región fronteriza norte o realicen la apertura de una sucursal o establecimiento en dicha región, deberán presentar el aviso dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción o de la presentación del aviso de apertura de sucursal.
- A los contribuyentes que ya cuenten con autorización para aplicar el estímulo de ISR, les recordamos que dicha autorización tiene vigencia durante el ejercicio fiscal en que se obtuvo, por lo tanto quienes estén interesados en renovar la autorización de inscripción en el Padrón para 2022, deberán presentar aviso de renovación a más tardar el 31 de marzo de 2022 (Artículo Octavo del Decreto).
Para efectos del estímulo de IVA:
- Para los contribuyentes que ya apliquen el estímulo de IVA, el Decreto no prevé renovar el aviso de aplicación del estímulo, ni realizar ningún trámite adicional para continuar aplicándolo, por lo tanto, estos contribuyentes podrán facturar con una tasa de 8 % de IVA, a partir del 1 de enero de 2022.
- Los contribuyentes que inicien actividades después de la entrada en vigor del Decreto, deberán presentar el aviso de aplicación del estímulo fiscal dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o el aviso de apertura de sucursal o establecimiento (Artículo Décimo Segundo del Decreto).
- En el caso de reanudación de actividades o actualización de obligaciones, el aviso de aplicación del estímulo fiscal se deberá presentar a más tardar el día 17 del mes siguiente a la fecha de presentación de dichos trámites.
La presentación de los avisos de inscripción y renovación se puede realizar ingresando al mini sitio del SAT “Estímulos fiscales para la región fronteriza norte y sur” donde además se puede encontrar toda la información relacionada con estos estímulos:
http://omawww.sat.gob.mx/EstimulosFiscalesNorteSur/Paginas/index.html