CAMBIOS EN EL APLICATIVO PARA LA DECLARACIÓN ANUAL 2023 DE LAS PERSONAS MORALES

10/1/2024

En días pasados el SAT dio a conocer el aplicativo para el llenado de la declaración anual del ejercicio 2023 para las personas morales del Régimen General, así mismo, informó a través de un comunicado de prensa las mejoras implementadas en esta herramienta, entre las que se destacan:

  • Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  • Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
  • Eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  • Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  • Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  • Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.

Así mismo el SAT recordó que es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos, ya que esta información se precarga en la declaración anual.

Cabe señalar, que para el llenado de los dos estados financieros obligatorios que serán el Estado de Situación Financiera y el Estado de Resultados, aún se debe considerar lo siguiente:

  • La información debe llenarse de forma comparativa por los ejercicios 2023 y 2022, y en el orden en que aparecen en el aplicativo; aunque como señaló el SAT en su comunicado, los datos del ejercicio 2022 aparece precargada.
  • Para el llenado de los conceptos que integran los estados financieros existe un botón de “capturar” que habilita una ventana emergente para el registro de las subcuentas, que se deben llenar en su totalidad para poder avanzar al llenado del siguiente estado financiero.
  • En cada uno de los rubros de los estados financieros existe un ícono de “Notas”, para agregar la información que se considere necesaria respecto a la cuenta o subcuenta que corresponda.
  • Cuando la persona moral manifiesta que se encuentra obligado u opta por presentar dictamen de estados financieros, o bien, se encuentra obligado a presentar la Información sobre la Situación Financiera (ISSIF), no se llenará la información de los estados financieros en la declaración anual, ya que el aplicativo no los habilita.

Por último, cabe mencionar que las mejoras anteriores también aplican para el aplicativo de la declaración anual del ejercicio 2023 de las personas morales del Régimen Simplificado de Confianza que ya está disponible en la página del SAT.