
CONTRIBUYENTES RELEVADOS DE LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR, POR FACILIDADES DE LA RMF PARA 2024
10/4/2024
A través de la Regla 3.17.11 de la RMF para 2024, se releva a ciertas personas físicas de presentar su declaración anual de 2023, es decir, no estarán obligadas a presentar la declaración anual sin que tal situación se considere infracción a las disposiciones fiscales, siempre que se ubiquen en los siguientes supuestos:
- Que hayan obtenido ingresos exclusivamente por salarios, de un solo patrón, incluso por ingresos superiores a $400,000.00, siempre que no resulte ISR a cargo del contribuyente en la declaración anual.
- Que además de los ingresos por salarios, hayan obtenido ingresos por intereses de instituciones del sistema financiero, que no excedan de $20,000.00 (nominales), sin importar el monto de la suma de ambos conceptos.
- Que el patrón haya emitido CFDI por concepto de nómina respecto de la totalidad de los ingresos por salarios.
La facilidad anterior no será aplicable para los contribuyentes que:
- Hayan obtenido ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral (Art. 93, fracciones IV y XIII LISR).
- Estén obligados a informar en la Declaración Anual, sobre préstamos, donativos y premios (Art. 90 LISR).
Cabe señalar que independientemente de lo dispuesto por la mencionada regla, los contribuyentes podrán presentar su declaración anual de 2023 si así lo desean, por ejemplo, para recuperar su saldo a favor de ISR; en este caso se debe considerar que para obtener la devolución automática la declaración deberá presentarse antes del 31 de julio de 2024.