DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN ESTÍMULOS FISCALES PARA INCENTIVAR EL USO DE MEDIOS DE PAGO ELECTRÓNICOS

11/10/2023

Se expide un nuevo decreto para estos efectos, que estará vigente del 5 de octubre de 2023 al 31 de diciembre de 2024.

Al igual que en años anteriores, continúa el propósito de incentivar el uso de medios de pago electrónicos como son las tarjetas de crédito y de débito, con el fin de generar condiciones que favorezcan la formalización de la economía, avanzar en materia de inclusión financiera y reducción del uso de efectivo como medio de pago.

Que durante 2023 se han observado avances importantes en el crecimiento de la actividad económica del país de manera sólida y sustentable, por lo que resulta relevante mantener y fomentar desde el Gobierno federal los mecanismos que sostengan estos avances, como es el caso del otorgamiento de estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.

Que para la edición 2023, el sorteo “El Buen Fin” comprenderá las operaciones de compra realizadas del 17 al 20 de noviembre de 2023, que cumplan con las bases, términos y condiciones de participación que se den a conocer en el portal de Internet del SAT, a efecto de premiar a las siguientes personas:

a)   Tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 17 al 20 de noviembre de 2023 a personas físicas o morales registradas en el portal de internet de “El Buen Fin” para el ejercicio 2023, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el Sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el SAT.

b)   Personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 17 al 20 de noviembre de 2023, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de 5 millones de pesos, siempre que se encuentren registradas en el portal de internet de “El Buen Fin” y hayan resultado ganadores en el Sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el SAT.

Por su parte, las entidades financieras y demás entidades emisoras de tarjetas, tendrán un estímulo que consiste en acreditar contra los pagos provisionales, definitivos y anual del ISR propio o el retenido a terceros, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen, por cuenta del Gobierno Federal, a los ganadores en el sorteo que lleve a cabo el SAT.

La suma total del monto de los premios a entregar por parte de las entidades financieras y demás entidades emisoras de tarjetas, a las personas ganadoras, no podrá exceder en su conjunto de la cantidad de 500 millones de pesos.

Los ganadores recibirán el valor del premio sin retención alguna de impuesto, ya que la Federación será quien pague a las entidades federativas y a los municipios por los impuestos de carácter local que, en su caso, tengan establecidos para gravar la obtención de premios.

El estímulo fiscal a que se refiere este decreto y el monto de los premios derivados del Sorteo “El Buen Fin”, no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del ISR.

Consulta el contenido completo en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5703925&fecha=04/10/2023#gsc.tab=0