DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN ESTÍMULOS FISCALES PARA INCENTIVAR EL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS DE PAGO.
23/11/2020
PRINCIPALES PUBLICACIONES EN EL DOF.
Se expide un nuevo decreto para estos efectos, que estará vigente del 7 de noviembre al 31 de diciembre de 2020.
Al igual que en años anteriores, continúa el propósito incentivar el uso de medios de pago electrónicos como son las tarjetas de crédito y de débito, con el fin de generar condiciones que favorezcan la formalización de la economía, avanzar en materia de inclusión financiera y reducción del uso de efectivo.
Así mismo, el sorteo “El Buen Fin” tiene por objeto promover la formalidad de quienes enajenan bienes o prestan servicios, al mismo tiempo de incentivar el consumo final, y contribuir con ello a la recuperación de la economía nacional, la cual se ha visto afectada por la pandemia provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19),
El sorteo “El Buen Fin”, comprenderá las operaciones de compra realizadas del 9 al 16 de noviembre de 2020, que cumplan con las bases, términos y condiciones de participación que serán dadas a conocer en el portal del SAT a efecto de premiar a las siguientes personas:
- Tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 9 al 16 de noviembre de 2020 a personas físicas o morales inscritas en el Portal de Internet de “El Buen Fin”, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el Sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el SAT.
b) Personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 9 al 16 de noviembre de 2020, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de 5 millones de pesos, siempre que se encuentren inscritas en el Portal de Internet de “El Buen Fin” y hayan resultado ganadores en el Sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el SAT.
La suma total del monto de los premios a entregar por las entidades financieras y demás entidades a las personas ganadoras, no podrá exceder de la cantidad de 500 millones de pesos.
Por su parte, las entidades financieras y demás entidades emisoras de tarjetas, tendrán un estímulo que consiste en acreditar contra el ISR propio o el retenido a terceros, el monto que hayan entregado como premios a los ganadores en el sorteo que lleve a cabo el SAT.
Consulta el contenido completo en: http://diariooficial.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5604412&fecha=06/11/2020