EN JUNIO VENCE LA RENOVACION DEL REGISTRO REPSE, PARA QUIENES LO OBTUVIERON EN JULIO DE 2021
11/6/2024
Les recordamos que conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas, para la prestación de sus servicios deben tramitar la renovación del registro obtenido ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) cada tres años contados a partir de su inscripción; dicha renovación deberá tramitarse en un plazo de tres meses anteriores a la fecha en que concluya la vigencia de su registro.
Para la renovación del registro de las personas físicas o morales inscritas en el Padrón podrán ingresar únicamente durante el periodo definido por la STPS, de conformidad con la vigencia de su aviso de registro, lo anterior, de acuerdo con el calendario siguiente:
Año de registro | Mes del otorgamiento de registro | Mes de renovación de registro |
Julio | De abril a junio de 2024 | |
Agosto | De mayo a julio de 2024 | |
Septiembre | De junio a agosto de 2024 | |
Octubre | De julio a septiembre de 2024 | |
Noviembre | De agosto a octubre de 2024 | |
Diciembre | De septiembre a noviembre de 2024 |
Las personas inscritas en el Padrón únicamente podrán llevar a cabo su proceso de renovación en las fechas establecidas con antelación, una vez agotado dicho plazo, la plataforma de manera automática, deshabilitará el módulo de renovación.
A las personas que no renueven su registro dentro del plazo establecido se les cancelará el registro de conformidad con el inciso g) del Artículo Décimo Quinto del Acuerdo publicado en el Diario Oficial el 21 de febrero de 2024, y deberán realizar un nuevo proceso de registro.
El proceso de renovación, es el siguiente:
- Validar que se esté al corriente con las obligaciones ante el SAT, IMSS e INFONAVIT.
- Entrar a la plataforma http://repse.stps.gob.mx
- Entrar al módulo denominado “Renovación de Registro”.
- Llenar los datos requeridos, que es la misma información que se pide cuando se inicia con el registro REPSE, con la diferencia de que es obligatorio señalar el número de registro en el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT)
- Una vez capturada toda la información, dar clic en “continuar” y “finalizar”.
La fecha en que se obtuvo el registro se puede consultar en el sitio web del REPSE, en el apartado de “Consulta el catálogo”, buscando el nombre o la razón social de la persona física o moral inscrita, y dentro del perfil localizar la fecha del aviso de registro.