IMPUESTO ESTATAL SOBRE NÓMINA 2021

11/1/2021

Para 2021, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua, el Impuesto sobre Nómina (ISN) continuará calculándose aplicando la tasa del 3% al monto que resulte de disminuir al total de remuneraciones al trabajo personal, prestado bajo la subordinación a un patrón dentro del territorio del Estado, las erogaciones exentas señaladas en el artículo 77 de la misma Ley. 

La declaración del ISN continuará presentándose de manera mensual, y el pago deberá efectuarse a más tardar el día 15 del mes posterior al que corresponda, según lo que señala el Artículo 76 de la citada Ley de Hacienda.

También continúan vigentes de acuerdo al artículo Primero de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio 2021, las siguientes contribuciones extraordinarias como sobretasa del Impuesto sobre Nómina:

  • Contribución extraordinaria del 5% (para la competitividad y seguridad ciudadana)
  • Contribución extraordinaria del 10% (para el fideicomiso administrado por FECHAC)
  • Impuesto Universitario del 4%
  • Contribución extraordinaria Fideicomiso Expo-Chihuahua (que pagan semestralmente los contribuyentes que ejerzan sus actividades en el Municipio de Chihuahua)

ESTÍMULOS FISCALES DEL ISN

En el Artículo Décimo de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para 2021, se establece un estímulo fiscal a los contribuyentes del ISN, consistente en la reducción en el pago mensual del impuesto causado de acuerdo a la siguiente tabla:

NUMERO DE EMPLEADOS EN EL MESESTIMULO FISCAL MENSUAL
De 1 a 10 empleados20%
De 11 a 30 empleados10%
De 31 a 50 empleados5%

El estímulo fiscal aplicará respecto de cada uno de los periodos de pago del ejercicio 2021, que sean cubiertos en tiempo o dentro del plazo establecido para su declaración y entero, siempre y cuando los contribuyentes interesados en la obtención de este estímulo, se encuentren al corriente en el pago del ISN y presenten a más tardar el 31 de enero de 2021, ante la Oficina Recaudadora o a través de los medios electrónicos que dé a conocer la Secretaría de Hacienda mediante su portal electrónico, la siguiente documentación en original y copia:

  1. Escrito libre solicitando la aplicación del estímulo fiscal que contenga:
  2. El nombre, denominación o razón social y firma de quien promueve
  3. El domicilio fiscal manifestado en el registro estatal de contribuyentes
  4. El RFC y en su caso la CURP
  5. El domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del Estado y el nombre de la persona autorizada para recibirlas.
  6. Cédula de determinación de cuotas del IMSS y su comprobante de pago, al mes de diciembre de 2020.
  7. Constancia de Situación fiscal emitida por el SAT
  8. Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales estatales y federales coordinadas emitida por la Secretaría de Hacienda del Estado
  9. Identificación oficial con fotografía del contribuyente o representante legal.
  10. Los documentos que acrediten la personalidad cuando actúe a nombre de otro o de personas morales (Poder Notarial)