INFORMACIÓN SOBRE LA SITUACIÓN FISCAL (ISSIF) 2022
15/3/2023
Una de las obligaciones que se presenta conjuntamente con la declaración anual, es la Información sobre la Situación Fiscal (ISSIF) que establece el artículo 32-H del Código Fiscal, por lo que repasaremos brevemente quienes son los obligados a presentarla.
Los contribuyentes obligados a presentar la información correspondiente al ejercicio 2022 son:
I. Personas Morales (Título II) que en el ejercicio anterior (2021) hayan declarado ingresos acumulables iguales o mayores a $904’215,560.00
Así como las personas morales que en el ejercicio anterior (2021) tengan acciones colocadas en bolsa de valores.
II. Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen opcional para grupos de sociedades.
III. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.
IV. Personas morales residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, por las actividades de dicho establecimiento.
V. Los residentes en México respecto de operaciones realizadas con residentes en el extranjero.
Los contribuyentes obligados únicamente por el supuesto de la fracción V, podrán optar por no presentar la ISSIF, cuando el monto total de las operaciones realizadas con residentes en el extranjero sea inferior a 100 millones de pesos en el ejercicio fiscal, de acuerdo con la Regla 2.16.3 de la RMF vigente.
VI. Los contribuyentes que sean partes relacionadas de los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros conforme al segundo párrafo del artículo 32-A del CFF.
Los contribuyentes obligados por el supuesto de la fracción VI, únicamente presentarán la ISSIF cuando en el ejercicio de que se trate hayan realizado operaciones con los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros y siempre que el monto de la operación exceda de 13 millones de pesos por la realización de actividades empresariales, o bien de 3 millones de pesos en el caso de prestación de servicios profesionales.
La información sobre la situación fiscal generada en el ejercicio 2022 se presentará conjuntamente con la declaración anual y en la misma fecha, es decir, se presentará a más tardar el 31 de marzo de 2023.
La información se captura en el aplicativo ISSIF (32H-CFF) versión 1.0.0.2., el cual se descarga del portal del SAT, se genera el archivo y se presenta vía Internet adjuntándolo en el aplicativo de la declaración anual.
Así mismo, los contribuyentes que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén en posibilidad de optar por dictaminar sus estados financieros por contador público y lo manifiesten en su declaración anual, tendrán por cumplida la obligación de enviar la Información sobre su Situación Fiscal.