LO QUE SE SABE DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL PARA REDUCIR LA JORNADA LABORAL.

11/5/2023

El pasado 25 de abril, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, aprobó un dictamen para modificar el artículo 123 de la Constitución, con el fin de establecer que las personas trabajadoras tengan derecho a dos días de descanso a la semana.

Actualmente la fracción IV del apartado A del artículo 123 Constitucional, establece lo siguiente:

“IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos.”

De modo que el dictamen aprobado en comisiones busca reformar esta disposición, para establecer que por cada cinco días de trabajo, el trabajador tenga derecho a descansar dos días a la semana de forma obligatoria, lo cual a su vez reducirá la jornada laboral, que pasará de 48 a 40 horas a la semana.

Es importante considerar que el camino legislativo de esta iniciativa es muy largo; el siguiente paso es que el dictamen sea aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados, sin embargo, esta y otras reformas constitucionales no se votaron en el periodo de sesiones ordinarias que terminó el 30 de abril, sino que se contemplan para el siguiente periodo, que comprende del 1 de septiembre al 15 de diciembre de este año, y será hasta entonces cuando se llevarán a votación en el Pleno.

Si el Pleno avala el dictamen lo enviará a la Cámara de Senadores, y solo si esta última lo avala sin cambios se continuará con el proceso, pero si los Senadores realizan cambios a la iniciativa original, los Diputados deberán analizarlos nuevamente y en su caso aprobarlos.

Además, por tratarse de una reforma constitucional se deberá remitir a los congresos locales de los 31 estados de la República para su aprobación, y solo si se cuenta con el número de acuerdos aprobatorios suficientes, se hará la declaratoria de reforma, y se remitirá al Ejecutivo para que ordene su publicación.