OPCIÓN DE DICTAMINAR LOS ESTADOS FINANCIEROS.

11/3/2021

El aplicativo para presentar la declaración anual del ejercicio 2020, también incluye la manifestación de la opción de dictaminar los estados financieros por contador público autorizado.

Como sabemos la obligación de dictaminar los estados financieros desapareció hace algunos años, sin embargo existe la opción, para ciertos contribuyentes, de aprovechar este beneficio.

De acuerdo con el artículo 32-A del CFF podrán ejercer la opción de dictaminar sus estados financieros los contribuyentes personas físicas con actividad empresarial y personas morales que:

  • Hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $122’814,830 en el ejercicio inmediato anterior (2019)
  • El valor de su activo sea superior a $97’023,720 (para 2019), determinado conforme a lo dispuesto en la Regla 2.12.13 de la RMF vigente, o bien
  • Por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior (2019).

Estos contribuyentes manifestarán su opción al presentar la declaración anual del ISR que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción.

El dictamen fiscal 2020 se presentará a más tardar el 29 de julio de 2021, siempre que cuando existan diferencias de impuestos a pagar, estas se liquiden a más tardar el 15 de julio de 2021, según lo dispuesto en la Regla 2.12.2 de la RMF vigente.