OTRAS PUBLICACIONES EN EL DOF.

10/1/2023

Diciembre 29.

DECRETO por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.

Con la finalidad de fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentren en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Jalisco, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, se otorga un estímulo fiscal y facilidades administrativas que permitan a los propietarios de los vehículos cuyo modelo sea de 5 o más años anteriores, lograr la legal estancia de los mismos en el país, a través del pago de un monto de $2,500.00 por concepto de aprovechamiento, por los trámites correspondientes.

Este decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2023.

Para consultar el contenido completo:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5676145&fecha=29/12/2022#gsc.tab=0

Diciembre 27.

Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023.

Consultarlas en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675887&fecha=27/12/2022#gsc.tab=0

Diciembre 12.

ACUERDO por el cual se establecen criterios de inspección en materia de subcontratación relacionados con servicios turísticos y de hospedaje.

Este acuerdo establece que para efectos de las inspecciones en materia de subcontratación, las actividades realizadas dentro de los Centros de Trabajo vinculados a las personas físicas o morales dedicadas a la actividad de SERVICIOS DE ALOJAMIENTO TEMPORAL (industria hotelera), tales como: limpieza de habitaciones (camaristas), registro de huéspedes, atención al huésped, cocineros, cantineros, capitán de meseros, meseros, encargados de lavandería, encargados de ropería, lava losas, limpieza y cuidados de la cocina, reservaciones y cargos de habitación, forman parte de su actividad económica preponderante.

Las actividades anteriores no se consideran especializadas, por consecuencia, resulta inviable que las empresas o personas físicas dedicadas a prestar SERVICIOS DE ALOJAMIENTO TEMPORAL (industria hotelera) contraten dichos servicios con un carácter de especializado, ya que dichas actividades se encuentran intrínsecamente vinculadas a su objeto social y actividad económica preponderante.

Para consultar el contenido completo:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5673906&fecha=12/12/2022#gsc.tab=0