OTRAS PUBLICACIONES EN EL DOF.

11/12/2023

Noviembre 13. DECRETO por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2024.

Les recordamos que los aspectos más relevantes de la Ley de Ingresos para 2024 se comentaron en nuestro boletín correspondiente al mes de noviembre de 2023. 

Para consultar el contenido completo:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5708368&fecha=13/11/2023#gsc.tab=0

Noviembre 13. DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Para consultar el contenido:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5708369&fecha=13/11/2023#gsc.tab=0

Noviembre 17. OFICIO 700-04-00-00-00-2023-145 mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el RFC, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del IVA vigente.

A través de este oficio se da a conocer el listado de los residentes en el extranjero sin establecimiento en el país que proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional y que se encuentren inscritos en el RFC. 

Para consultar el contenido del listado:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5708891&fecha=17/11/2023#gsc.tab=0

Noviembre 25. Edición Vespertina

PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024.

Para consultar el contenido:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5709507&fecha=25/11/2023#gsc.tab=0

Noviembre 29.

DECRETO por el que se reforman los artículos 251 de la Ley del Seguro Social y 146 de la Ley Federal del Trabajo, y se adiciona un artículo 59 Bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 

Las reformas de este decreto se refieren principalmente a que las personas inscritas voluntariamente en el régimen obligatorio de ley, podrán realizar aportaciones para la vivienda al Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

Este Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

Para consultar el contenido completo:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5709857&fecha=29/11/2023#gsc.tab=0

Noviembre 29. Edición Vespertina

DECRETO por el que se reforman y adicionan el artículo 303 de la Ley del Seguro Social y el artículo 29 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Las adiciones y reformas de los artículos que establece este Decreto son el mismo sentido para establecer que los servidores públicos de ambas instituciones, están obligados a observar en el cumplimiento de sus obligaciones, los principios de responsabilidad, ética profesional, excelencia, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, calidez, buen trato y calidad en la prestación de los servicios y en la atención a los derechohabientes y estarán sujetos a las responsabilidades civiles o penales en que pudieran incurrir como encargados de un servicio público.

Por lo que implementarán de forma periódica y programada las estrategias de capacitación y actualización entre otras: en materia de ética y protocolos que aseguren una atención digna y eficiente a los derechohabientes, con observancia del respeto a los derechos humanos, no discriminación e igualdad de género.

Estas modificaciones entraron en vigor el 30 de noviembre de 2023, sin embargo las instituciones deberán realizar las adecuaciones correspondientes a su normatividad interna durante los siguientes seis meses, contados a partir de la publicación de este Decreto.

Consulta el contenido completo en: 

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5709965&fecha=29/11/2023#gsc.tab=0

Diciembre 1. DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social

Las reformas de este decreto se refieren principalmente la incorporación voluntaria al régimen obligatorio de seguridad social para trabajadores independientes o por cuenta propia, el reconocimiento de los matrimonios celebrados entre personas del mismo sexo, y la ampliación del servicio de guardería como derecho de las madres y padres trabajadores asegurados, viudas y viudos o divorciados con la custodia de sus hijos, durante su jornada laboral.

Estas modificaciones entraron en vigor el 2 de diciembre de 2023.

Para consultar el contenido completo:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5710197&fecha=01/12/2023#gsc.tab=0

Diciembre 1. Edición Vespertina

DECRETO por el que se reforma el diverso por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.

Este Decreto tiene la finalidad de fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentren en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Hidalgo, Jalisco, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, para lo cual se otorga un estímulo fiscal y facilidades administrativas que permitan a los propietarios de los vehículos cuyo modelo sea de 5 o más años anteriores, para lograr la legal estancia de los mismos en el país, a través del pago de un monto de $2,500.00 por concepto de aprovechamiento, por los trámites correspondientes.

Se reforma el Artículo 2 del “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2022 y sus posteriores modificaciones del 31 de marzo, 30 de junio de 2023 y 29 de septiembre, para establecer que también podrán obtener la regularización los vehículos cuyo Número de Identificación Vehicular inicie con letra, siempre que se demuestre mediante el documento con el que acredite la propiedad, que el vehículo fue comercializado en Estados Unidos de América o Canadá.

Consulta el contenido completo en: 

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5710245&fecha=01/12/2023#gsc.tab=0

Diciembre 8. 

Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general la suspensión de plazos para efectos de los actos y procedimientos a cargo del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores como organismo fiscal autónomo, derivado de la Declaratoria de Emergencia y de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa, vientos fuertes, inundación fluvial y pluvial el 24 y 25 de octubre de 2023 en 47 municipios del Estado de Guerrero, publicadas el 30 de octubre y el 2 de noviembre de 2023, así como Nota Aclaratoria publicada el 3 de noviembre de 2023.

A través de este aviso se dan a conocer las acciones y medidas tomadas en respuesta al impacto del huracán Otis, en Guerrero. 

Para consultar el contenido completo:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5710887&fecha=08/12/2023#gsc.tab=0