POR VENCER EL PLAZO ADICIONAL PARA QUE LAS DONATARIAS PRESENTEN LAS DECLARACIONES  INFORMATIVAS Y CONSERVEN SU AUTORIZACIÓN

10/10/2022

Les recordamos que a través del Artículo Tercero Transitorio de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 publicada en el DOF el 15 de julio, se estableció que se dará continuidad a la autorización para recibir donativos deducibles del ISR para el ejercicio fiscal 2023, a las donatarias autorizadas que cumplan de manera extemporánea a más tardar el 31 de octubre de 2022, con la presentación de las siguientes declaraciones correspondientes al ejercicio 2021:

  • La declaración prevista en la regla 3.10.10 y en la ficha de trámite 19/ISR “Declaración Informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, cuya fecha de presentación oportuna venció el 31 de mayo de 2022.
  • La declaración informativa establecida en el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del ISR, relativa a los ingresos y erogaciones efectuadas en el ejercicio, cuya fecha de presentación oportuna venció el 15 de febrero de 2022.

Es importante que las donatarias autorizadas que aún no cumplan con estas obligaciones, lo hagan  dentro del plazo adicional otorgado, para que conserven su autorización durante el ejercicio 2023.