POR VENCER LA INFORMATIVA DE CONTRATOS DE SERVICIOS U OBRAS ESPECIALIZADOS DEL SEGUNDO CUATRIMESTRE DE 2023

11/9/2023

Les recordamos que el próximo 17 de septiembre de 2023, vence el plazo para que los contribuyentes que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas y cuentan con el registro emitido por la STPS a través del REPSE, proporcionen la información de los contratos celebrados en el segundo cuatrimestre de 2023, es decir, en el periodo de mayo a agosto de 2023.

Cabe aclarar que como el último día del plazo es un día inhábil (domingo) se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil por lo que el último día para cumplir con la presentación de la información será el lunes 18 de septiembre.

La información se debe presentar tanto al IMSS como al INFONAVIT por separado, aunque se trata prácticamente de los mismos datos.

Para efectos del IMSS, se deberá proporcionar la información a que se refiere el Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social, la cual se presenta a través de la herramienta electrónica denominada “Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados” (ICSOE); en caso de no haber celebrado contratos en el cuatrimestre, se presentará la informativa bajo la modalidad de “sin información”.

Así mismo, es importante recordar que se deben informar los cambios que hayan surgido con fecha posterior a la celebración de un contrato previamente reportado, lo cual se realizará a través de una complementaria de actualización.

Por su parte, para el INFONAVIT se debe presentar la información señalada en el Artículo 29 Bis de la Ley del INFONAVIT, a través de la plataforma electrónica denominada “Sistema de Información de Subcontratación” (SISUB).

El SISUB ya contempla un procedimiento para los patrones que no han realizado contratos de servicios u obras especializadas, seleccionando en el menú de envío de información la opción “Presentar informe sin actividad”; capturar número de registro ante la STPS y cargar los documentos “.pdf” o “.zip” solicitados.

El SISUB también contempla la actualización de la información de los contratos reportados anteriormente a través de la presentación del informe con datos continuos, señalando que el número de personal, los trabajadores, montos de aportaciones, amortizaciones, percepciones fijas, variables y no integrables, así como el salario no excedente, no son los mismos en cada bimestre reportado. Incluso cuando sea el mismo personal, éstos deben coincidir con lo reportado en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA).