
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR EL ESTÍMULO FISCAL DE DISMINUCIÓN DEL 100% DE MULTAS, RECARGOS Y GASTOS DE EJECUCIÓN
12/2/2025
En días pasados, el SAT a través del Comunicado de Prensa SAT 02-2025, recordó a los contribuyentes el estímulo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación 2025, que equivale a la disminución de 100% de multas, incluidas las multas con agravantes, recargos y gastos de ejecución; pagando el importe total de las contribuciones o cuotas compensatorias, aplicable para las personas físicas y morales cuyos ingresos totales en el ejercicio de que se trate, no hayan excedido de $35 millones de pesos y cumplan con los requisitos previstos al efecto.
Así mismo señaló el procedimiento para aplicar dicho estímulo, dependiendo del supuesto en que se encuentren los contribuyentes, conforme a lo siguiente:
a) Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas actualizadas:
En este supuesto, el contribuyente puede aplicar el estímulo solicitando su línea de captura a través de un caso de aclaración presentado en el Portal del SAT y realizar el pago en una sola exhibición; o bien, acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o desde cualquier lugar mediante Oficina Virtual.
b) Contribuyentes que se encuentran sujetos a facultades de comprobación:
Siempre que subsanen las irregularidades detectadas y se autocorrijan dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente. Los contribuyentes pueden aplicar el descuento hasta antes de que se les notifique la resolución en la que le determinen las contribuciones omitidas.
c) Contribuyentes con créditos fiscales, por los que se les haya autorizado pago a plazos:
Si al 1 de enero de 2025 mantiene un saldo pendiente de pago, siempre que paguen en una sola exhibición el saldo no cubierto de las contribuciones omitidas actualizadas.
En este supuesto, el contribuyente puede solicitar el descuento a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT; o bien, acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o desde cualquier lugar mediante Oficina Virtual. Una vez analizada la información y en caso de ser favorable, la autoridad entregará la línea de captura para que realice el pago.
d) Contribuyentes con créditos fiscales firmes a cargo:
Se considera a los contribuyentes que cuenten con créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal, que no hayan sido impugnados, o bien, se desista el medio de defensa.
En este supuesto, el contribuyente debe solicitar la aplicación de la disminución a través de un caso de aclaración en el Portal del SAT; o bien, acudir a una cita presencial en oficinas del SAT o desde cualquier lugar mediante Oficina Virtual. Una vez analizada la información y en caso de ser favorable, la autoridad entregará la línea de captura para que realice el pago.
Para mayor información, se puede visitar el minisitio programa de Regularización Fiscal 2025: http://omawww.sat.gob.mx/Adeudos_Fiscales/Paginas/RegularizacionFiscal/LIF/index.html