SE AMPLÍA EL PLAZO PARA QUE LAS PERSONAS FÍSICAS QUE TRIBUTAN EN EL RESICO TRAMITEN SU FIRMA ELECTRÓNICA

11/7/2022

A través del Artículo Segundo Resolutivo del proyecto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, que se dio a conocer el pasado 28 de junio en la página de Internet del SAT, se modificó el Artículo Trigésimo Octavo Transitorio, para ampliar el plazo para que las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) cuenten con e.firma activa, hasta el 31 de diciembre de 2022 (antes 30 de junio de 2022).

Por otra parte, es importante mencionar que el pasado 30 de junio de 2022, terminó el plazo previsto en el Artículo Décimo Transitorio de la RMF para 2022, para que  las personas físicas que migraron al RESICO o comenzaron a tributar en este régimen, cumplieran con la obligación de habilitar el buzón tributario, por lo que los mencionados contribuyentes ya deben haber cumplido con esta obligación; sin embargo, a través del Artículo Segundo Transitorio del proyecto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, se establece que la aplicación de las multas señaladas en el artículo 86-D del CFF, a los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, se realizará a partir del 1 de enero de 2023.

Por lo anterior, recomendamos estar atentos al cumplimiento de estas obligaciones y así evitar problemas posteriores.