SE PRORROGARÁ EL USO OBLIGATORIO DEL NUEVO COMPLEMENTO “CARTA PORTE” HASTA EL 1 DE ENERO DE 2022.
15/9/2021
A través de la Circular 360/2021 de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR) se anunció que como resultado de las mesas de trabajo en las que participaron el SAT y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), se acordó prorrogar el uso obligatorio del complemento “Carta porte” hasta el 1 de enero de 2022, con un periodo de prueba del 1 al 31 de diciembre de 2021.
Derivado de lo anterior, se anunció que a más tardar el 15 de septiembre de 2021 el SAT publicará estos nuevos plazos a través de reglas de Resolución Miscelánea Fiscal, así mismo, se informó sobre el desarrollo de una aplicación móvil para facilitar el cumplimiento a los pequeños transportistas.
Les recordamos que esta obligación está prevista en la Regla 2.7.1.9 de la RMF para 2021, que señala que el transporte de bienes o mercancías que se realice en todo el territorio nacional por vía terrestre, férrea, marítima, aérea o fluvial, se deberán acreditar mediante la representación impresa o el formato digital (PDF) de un CFDI al que se deberá incorporar el complemento “Carta Porte” con el fin de que se brinde información sobre la procedencia y destino de las mercancías que se trasladan.
También establece que todos los contribuyentes relacionados con el traslado de mercancías deberán expedir el CFDI con complemento “Carta Porte” de acuerdo con su participación en la operación:
- Cuando el propietario de los bienes o mercancías los traslade por medios propios, el CFDI será de tipo traslado con complemento “Carta Porte”.
- Cuando un intermediario o agente de transporte que preste servicios de logística para el traslado de los bienes o las mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente y siempre que dicho traslado se realice con medios propios, también se expedirá un CFDI de tipo traslado con complemento “Carta Porte”.
- Cuando se contrate un servicio de transporte o de flete, el prestador del servicio debe emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento “Carta Porte”.
Dicho complemento se puso a disposición de los contribuyentes en la página del SAT, a partir del 1 de mayo de 2021, para entrar en vigor a partir del 1 de junio de 2021 con un periodo de prueba de 120 días naturales, para finalmente establecer su uso obligatorio a partir del 30 de septiembre de 2021, fecha que se prorrogará hasta el 1 de enero de 2022.