SEXTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023

11/10/2023

El pasado 28 de septiembre de 2023 se publicó en el DOF la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023. En esta Resolución se incluyeron únicamente las adiciones y modificaciones que se realizaron en el anteproyecto publicado en la página del SAT, que fueron comentadas en nuestros Boletines de los meses de agosto y septiembre de 2023, mismas que permanecen sin cambios y se refieren a lo siguiente:

  • La adición de las fracciones VII, VIII y IX a la Regla 13.1, relativa a la Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos; para establecer que el pago de junio de 2023 se podrá realizar a más tardar el 28 de julio de 2023; el pago del mes de julio de 2023 se podrá realizar a más tardar el 28 de septiembre de 2023 y el pago del mes de agosto de 2023 se podrá realizar a más tardar el 20 de octubre de 2023.
  • La adición del artículo Segundo Resolutivo para modificar los siguientes artículos Transitorios de la RMF para 2023:
    • Artículo Décimo, para extender el plazo hasta el 31 de diciembre de 2023, para aplicar la facilidad de que el CFDI con complemento “Carta Porte” no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”.
    • Artículo Décimo Sexto, para establecer que los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos, podrán presentar un solo certificado de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos que avale los ejercicios fiscales 2022 y 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cabe mencionar que en esta Sexta Resolución, no se dieron a conocer reglas adicionales a las establecidas mediante el anteproyecto.